1. Se aplicaron las reglas generales del lenguaje y de Técnica Legislativa actual.
2. En el texto definitivo, se realizaron correcciones ortográficas relativas al uso de mayúsculas por minúsculas conforme a los criterios adoptados en los lineamientos de la Técnica Legislativa Actual. 3. En el texto definitivo se suprimen las comillas conforme que no cumplen una función esencial y su uso es redundante. 4. La incorporación de título a la presente Ordenanza "ADHESIONES" se justifica por la necesidad de reflejar de manera precisa y transparente el contenido sustancial de la norma, que consiste en adherir a leyes preexistentes; desde la perspectiva de la técnica legislativa, la utilización de un título explícito como "ADHESIONES" cumple con los principios de claridad, concisión y precisión, facilitando la identificación del objeto normativo por parte de los destinatarios y contribuyendo a la seguridad jurídica; un título que explicite la adhesión evita interpretaciones erróneas y permite comprender, de manera rápida, que la Ordenanza no crea regulaciones originarias, sino que adopta o se suma a regímenes jurídicos ya establecidos, y favorece la sistematización del ordenamiento jurídico, al permitir ubicar con facilidad aquellas normas municipales que se articulan con leyes provincial o nacional; además, desde el punto de vista de la publicidad y el acceso a la información, un título como "ADHESIONES" facilita la búsqueda y localización de la Ordenanza en bases de datos y sistemas de información legislativa, garantizando la transparencia y el ejercicio del derecho de los ciudadanos a conocer el derecho vigente. 5. En los Artículos 1,5 y 7 de la presente Ordenanza se eliminó la frase “la Municipalidad de Eldorado a la ley provincial” se justifica desde la técnica legislativa y el principio de economía normativa porque resulta redundante e innecesaria. Si la Ordenanza emana del Concejo Deliberante de Eldorado, se entiende implícito que es Eldorado quien adhiere; explicitarlo no agrega valor semántico ni jurídico y puede generar confusión. La redacción simplificada “Se adhiere a la Ley ...” es más concisa y directa, y no altera el sentido ni el alcance de la disposición, ya que el ámbito de aplicación territorial y subjetivo de la Ordenanza se determina por su propio origen y por las normas generales de derecho administrativo que rigen la actuación Municipal. Al suprimir la repetición, se aligera el texto y se mejora la claridad y la fluidez de la lectura, optimizando la técnica legislativa. 6. Se incorporaron a la presente Ordenanza los Capítulos I, II y III. La incorporación de estos capítulos en la Ordenanza, identificados con el número de las Leyes Provinciales a las que se adhirió el Municipio, se justifica desde la técnica legislativa por la necesidad de estructurar la norma de manera clara y organizada, facilitando la identificación de las disposiciones municipales que se vinculan con la temática sobre adhesiones a Leyes. Esta técnica contribuye a la transparencia y la seguridad jurídica, ya que ayuda a organizar y gestionar la información de manera eficiente, facilitando la búsqueda y localización de las disposiciones relevantes para cada caso. 7. En los Artículos 1,5 y 7 se sustituye el verbo “ADHERIR” por “Se adhiere”, siguiendo las normas actuales del lenguaje y la Técnica Legislativa Actual, que emplea el uso del verbo en tiempo presente y modo indicativo. 8. En el Articulo 1se procede a actualizar el numero de Ley a la que se adhiere: Ley XVII-Nº 21 (Antes Ley 3268). 9. En el Articulo 1 se procede a corregir un error de tipeo en el numero de la Ley: en el texto figura 3668/96 y la correcta es 3268/96. 10. En el Articulo 1 se procede a incorporar la frase: “que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza”. 11. En el Artículo 2 se sustituye el verbo “INCORPORASE” por “Se incorpora”, siguiendo las normas actuales del lenguaje y la Técnica Legislativa Actual, que emplea el uso del verbo en tiempo presente y modo indicativo. 12. En el Articulo 5 se incorpora la frase: “que como Anexo II forma parte integrante de la presente Ordenanza”. 13. En los Artículos 6 y 8 respectivamente se sustituye el verbo “AUTORIZAR” por “Se autoriza”, siguiendo las normas actuales del lenguaje y la Técnica Legislativa Actual, que emplea el uso del verbo en tiempo presente y modo indicativo. 14. En el Articulo 7 se incorpora la frase: “que como Anexo III forma parte integrante de la presente Ordenanza”. 15. En el Articulo 7 se procede a completar el numero de la Ley a la que se adhiere: Ley XVII-Nº 61 (Antes Ley 4421). 16. En el Artículo 9 que es de forma, es una disposición que se incluye al final del texto legislativo y que tiene como propósito establecer las formalidades relacionadas con la promulgación, la publicación y la entrada en vigencia de la Ordenanza, es la parte final de la norma que regula los aspectos formales de su aplicación y difusión. Es una forma de dar cumplimiento al Artículo 80 de la Constitución Nacional, al Artículo 103 de la Constitución Provincial y al Artículo 126 inciso 7 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Eldorado, que establece que el Poder Ejecutivo debe promulgar o vetar y publicar en Boletín Oficial. Se siguió los criterios y pautas del lenguaje y la Técnica Legislativa actual, por lo que se actualizó de la siguiente manera: “Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal”.